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03/02/2021


Información sobre convenio TSJN-ANFAS-Gobierno de Navarra

En febrero de 2019, el TSNJ, Gobierno de Navarra y ANFAS firmaron un convenio llamado “Convenio de colaboración entre el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el Gobierno de Navarra y ANFAS para la implantación de la metodología Lectura Fácil en la Administración de Justicia en Navarra.

 

La Lectura Fácil es una forma de hacer los textos más fáciles de entender y que está dirigido especialmente a personas que tienen dificultades de comprensión lectora como pueden ser las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo, las personas mayores, las personas migrantes etc.

 

Si quieren tener más información sobre la Lectura Fácil, pueden abrir este enlace:

https://www.plenainclusion.org/sites/default/files/informacion_todos.pdf

Información para todos - Plena inclusión

Información para todos Las reglas europeas para hacer información fácil de leer y comprender Inclusion Europe Producido en el marco del proyecto “Creando caminos hacia la

www.plenainclusion.org 


 

Durante este tiempo, se ha comenzado realizando  la adaptación de sentencias de la modificación jurídica de la capacidad de obrar. Ahora además están adaptando la solicitud a la Fiscalía de la modificación de la capacidad de obrar.

 

En relación al convenio, copio a continuación alguna de las partes;

Tercero.- El Consejo General del Poder Judicial y La Confederación Plena Inclusión España suscribieron en Madrid el 18 de octubre de 2018 Convenio de Colaboración con el objeto de realizar acciones tendentes a que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo o personas con dificultades de comprensión puedan conocer el contenido de las resoluciones judiciales que les afectan.

Y ello por considerar que de todas las normas inicialmente citadas se desprende la necesidad de realizar esfuerzos para asegurar la plena accesibilidad a las resoluciones judiciales, especialmente cuando éstas están referidas o afectan a personas con discapacidad intelectual y evitar situaciones de indefensión.

A algunas personas con discapacidad intelectual les va a costar mucho acceder a la información que contienen las decisiones judiciales y por lo tanto, si éstas no se adaptan a lectura fácil, no nos aseguramos que las estén comprendiendo. La exigencia de accesibilidad no se reduce a asegurar la existencia de entornos físicos accesibles sino que supone la necesidad de adoptar las medidas precisas para que quienes tienen una discapacidad intelectual puedan comprender resoluciones judiciales dictadas a menudo en procedimientos en que ellos son actores o protagonistas, en cualquiera de las jurisdicciones, lo que en definitiva supondrá un paso sustancial para asegurar el derecho constitucional de acceso a la justicia, que constituye una concreción del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. 

 

Primero.- Objeto del convenio.

 

                El objeto de este Convenio es realizar acciones tendentes a que las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo o personas con dificultades de comprensión puedan conocer el contenido de las resoluciones judiciales que les afecten.

 

                En todo caso, los textos adaptados tendrán un valor meramente informativo y en ningún caso valor jurídico.

 

                A tal efecto, y sin perjuicio de la vocación de universalidad de este convenio, que pueda permitir en su día que todas las resoluciones judiciales que afecten a personas con discapacidad intelectual puedan acceder en su día a este ajuste o adaptación, se priorizará la adaptación de las resoluciones dictadas en los procedimientos de modificación de la capacidad de las personas así como la de actos de comunicación.

 

Dentro del protocolo de actuación podemos leer:

 

AMBITO DE APLICACIÓN

 

Se priorizará la adaptación a “lectura fácil” en los procedimientos de Modificación Judicial de la Capacidad de las Personas que se tramitan en los Juzgados de Navarra. Este tipo de procedimientos referidos a personas con discapacidad intelectual no son más de dos al mes.

No obstante cualquier Juzgado o Tribunal podrá solicitar a ANFAS la adaptación a “lectura fácil” de una resolución judicial o parte de ella en aquellos procedimientos en que una persona con discapacidad intelectual sea parte y se considere necesario para la adecuada comprensión del acto que ha de realizar o de la resolución que se le notifica.

En todos estos supuestos ANFAS realizará la adaptación y una vez validada se remitirá al Juzgado que lo hubiera solicitado para su incorporación al documento como anexo informativo al mismo.

                Del mismo modo y si se considera procedente los Juzgados o Tribunales podrán solicitar a ANFAS el acompañamiento a una persona con discapacidad intelectual en aquellos trámites o fases del proceso en que pudiera ser conveniente. Igualmente ANFAS podrá realizar ese acompañamiento sin necesidad de previa solicitud en aquellos casos en que considere necesario poniéndolo en conocimiento del Juzgado y siempre que sea posible teniendo en cuenta la naturaleza del acto procesal que se deba realizar.

Cualquier persona podrá solicitar del Juzgado la adaptación a lectura fácil de un documento, y así se acordará si se considera procedente. Si ANFAS recibe esta solicitud la remitirá al Juzgado a fin de que se valore la posibilidad de esa adaptación.

De igual modo, los Juzgados con competencia para conocer de los procedimientos de Modificación Judicial de la Capacidad de las Personas podrán solicitar a ANFAS la adaptación a “Lenguaje llano” de aquellas partes de la resolución judicial que determinan el ámbito de apoyo o ayuda que precisa la persona cuya capacidad ha sido modificada en los casos en que se aprecie que los familiares encargados de su protección carecen de la formación o conocimientos suficientes para comprender los términos de la resolución. 

 

 

 

Las adaptaciones pueden ser desde el momento en el que hay una persona que tiene dificultades en la comprensión y necesita que todas la documentación de un proceso (cartas, citaciones, cédulas de emplazamiento, sentencias, instancias, documentos varios…) estén adaptadas para que así esas personas accedan a la información. 

 

Se adjunta un pequeño díptico para aclarar un poco más sobre este tema.

 

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